Los partidos del Gobierno buscan, con mayor o menor prisa, soluciones para sacar de la cárcel a los presos del Procés. Uno pretende rebajar las penas del delito de sedición; el otro, limitar ese delito a aquellas acciones que se lleven a cabo con el uso de armas. La reforma del Código Penal respecto a esa cuestión quizás resulte necesaria por la falta de adecuación del susodicho delito en la legislación española respecto a los estándares europeos, los que permiten al fugado Puigdemont permanecer a su aire, liberado de la acción de la justicia.
Quizás no importe tanto qué delito cometieron, como asumir que algo hicieron que no cabe pasar por alto. ¿O no?
En cualquier caso, la permanencia en la cárcel de los condenados del Procés, aunque fuera jurídicamente irreprochable, afecta a la convivencia y reclama decisiones por otra vía. A cambio, tal vez, cabría no tanto el arrepentimiento como dos compromisos simultáneos: el de tratar de defender la ideas propias –tratando incluso de modificar la legalidad vigente– y el de respetar esa legalidad como garantía de la convivencia en común. Quid pro quo.
Sin embargo, no se puede eludir, cara al futuro, una pregunta muy concreta: tras la reforma del código penal, ¿será delito lo que hicieron las personas actualmente encarceladas? ¿O la declaración unilateral de independencia de un territorio habrá de ser necesariamente aceptada, aunque sea inválida o inútil, e ilegal?